-: Ene 19, 2017 / Detectives Europa

Sentencia del TC dando validez a la instalación de un sistema de videovigilancia sin comunicación previa al trabajador.

El Tribunal Constitucional da validez al despido de una trabajadora que se venía apropiando indebidamente de efectivo en la caja de una tienda. La cámara se instaló no comunicando a los trabajadores dicha instalación. Entiende el Tribunal que se actuó con los principios de necesidad, idoneidad y proporcionalidad. Concurría la situación precisa para el control oculto, esto es sin notificar expresamente la colocación de un sistema de videovigilancia a los trabajadores porque era, en principio, el único medio posible dicho control para satisfacer el interés empresarial de saber fehacientemente quien estaba realizando los actos defraudatorios de los que indiciariamente ya se tenían conocimiento.

Descarga la sentencia del TC: https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2016-3405

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