Escenario detectives: competencia desleal.
El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía declaró procedente el despido de la cocinera de un restaurante que, en su día libre, trabajaba para un bar de la competencia elaborando las mismas tapas, que servían a precios más bajos. La sentencia explica que la cocinera trabajaba en un bar de Estepa (Sevilla) que «tiene cierto prestigio por los platos y tapas que ofrece». Los lunes, su día de descanso, la cocinera acudía al bar regentado por su marido, situado a escasa distancia, donde elaboraba los mismos platos que habían dado fama al restaurante donde trabajaba el resto de la semana. Según constató un detective privado, los platos eran preparados con la misma elaboración y presentación, pues incluso utilizaban la misma vajilla, pero a un precio más reducido. El tribunal consideró que es un caso de «concurrencia desleal» e «ilícita», ya que la cocinera realizaba «idéntica actividad a la que se dedica el empresario principal, en competencia con él, al ir dirigida a una clientela potencial idéntica, con servicios idénticos, prevaliéndose de su información, conocimientos y de sus ‘manos de cocinera’ para desviar clientela». Los clientes deseaban degustar las tapas preparadas por la cocinera, y si tales platos eran ofrecidos «cerca y a menos precio, es obvio que supone una actividad de competencia y el perjuicio no es potencial sino real». «La pérdida de confianza está más que justificada y no admite grados» porque «es un deber básico de los trabajadores no concurrir con la actividad de su empresa».